· Para unidades productivas y/o mipyme del sector Agroindustria Lácteo y Café que tengan o no RUT y/o Registro Mercantil (ninguno de los dos casos es excluyente). Las unidades productivas y/o mipyme deben tener mínimo 12 meses de antigüedad en su actividad económica y contar con al menos dos personas mayores de edad vinculadas.
· Se priorizan aquellas unidades productivas y/o mipyme que formen parte de la economía popular, así como organizaciones, asociaciones, cooperativas y pequeñas empresas de Armenia, Buenavista, Calarcá, Circasia, Córdoba, Filandia, Génova, Montenegro, Pijao, Quimbaya, Salento, La Tebaida que agreguen valor a la comercialización. Además, deben estar ubicadas en municipios priorizados y territorios aledaños.